El Ayuntamiento tramita la aprobación del primer «PLAN DE MEDIDAS ANTIFRAUDE»
- Un nuevo paso hacia la gestión más transparente de los contratos municipales.
- Se trata de un requisito normativo para la gestión y ejecución de los fondos otorgados por la unión europea dentro del plan de recuperación Next Generation.
- Para velar por el cumplimiento de este Plan se creó un comité antifraude que estará compuesto por el interventor, tesorero y un administrativo del Ayuntamiento.
- Entrará en vigor tras su aprobación en el próximo Pleno que convoque el Ayuntamiento.
- El plan se estructura alrededor de los cuatro elementos clave del denominado ciclo antifraude: prevención, detección, corrección y persecución y será de aplicación a todos los órganos y a todo el personal que intervengan en la gestión de fondos procedentes del Mecanismo de Resiliencia y Recuperación de la Unión Europea.
El documento que actualmente está en tramitación, está definido en la orden HFP/1030/2021 como una actuación obligatoria a realizar inicialmente para la evaluación del riesgo, impacto y probabilidad de riesgo de fraude, corrupción, conflicto de intereses y doble financiación en los procesos clave de la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. En resumen, el “Plan” define los procedimientos para prevenir, detectar, corregir y perseguir posibles situaciones de fraude, corrupción o conflicto de intereses en la gestión de las subvenciones concedidas con Fondos de la Unión Europea.
El Comité Antifraude del Ayuntamiento de A Cañiza está constituido por el Presidente, que será el Interventor del Ayuntamiento; el Secretario, puesto ocupado por un administrativo adscrito a la secretaría general y un vocal, cubierto por el Tesorero del Ayuntamiento.
El Plan tiene como objetivo establecer los principios y las normas que serán de aplicación y observancia en materia antifraude, anticorrupción y el fin de evitar los conflictos de intereses.
Para eso, se promoverá una cultura que ejerza un efecto disuasorio para cualquier tipo de actividad fraudulenta, haciendo posible su prevención y detección, y desarrollando unos procedimientos que faciliten la investigación del fraude y de los delitos relacionados con el mismo, que permitan garantizar que tales casos se abordarán de forma adecuada y en el momento preciso.